viernes, 15 de julio de 2016

  • El líder del partido Podemos, Pablo Iglesias.

    El líder del partido Podemos, Pablo Iglesias.

La Sala de Lo Penal del Supremo de España archiva denuncia contra Pablo Iglesias por supuestos pagos de asesoramiento al Gobierno de Venezuela, por no ser constitutivos de delito.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de España informó el viernes que la denuncia presentada contra el líder del partido Podemos se basa en ‘’simples noticias’’ difundidas a través de medios de comunicación que no constituyen verdaderos indicios de delito.
La demanda sostiene que el Gobierno de Nicolás Maduro efectuó un pago de 272.325 dólares a Pablo Iglesias a través de un banco situado en un paraíso fiscal, en marzo de 2014, dos meses después de la fundación de Podemos.
El auto considera que no existe apariencia delictiva en los hechos denunciados, pues el pago por asesoramientos al Gobierno de Venezuela "no constituye el delito de financiación ilegal", que por primera vez se tipificó en la reforma de 2015, ni tampoco blanqueo de capitales o fiscal, pues para su existencia tendría que constar el origen delictivo de los bienes y no consta la elusión del pago de tributos por esa cantidad en la cuantía que establece el Código Penal español.

El documento también explica que la denuncia se acompañaba de tres fotocopias, donde "no se ofrece elemento o principio de prueba" alguno.
En este sentido, el tribunal dice que la mera publicación de informaciones en los medios de comunicación no puede justificar la apertura de un procedimiento penal para su investigación si la denuncia que los incorpora, como es el caso, no aporta u ofrece algún indicio de su comisión que pueda ser calificado como accesible y racional.
Pablo Iglesias ya en su día puso una contrademanda judicial al medio de comunicación que le achacó los supuestos cobros de Venezuela en un paraíso fiscal. Por su parte, desde Caracas desmentieron tales financiaciones denunciadas
krd/ctl/rba

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