El agua y los pueblos indígenas
Francisco López Bárcenas
El pasado 22 de
marzo se celebró el Día Mundial del Agua, declarado así por la
Organización de las Naciones Unidas para fomentar entre la humanidad la
conciencia de la importancia del vital líquido para la continuidad de la
vida en el planeta. No es para menos. El agua es un elemento que sólo
existe en el planeta tierra y además es indispensable para toda la vida,
pues sin ella resulta inimaginable. A contrapelo de esta realidad, el
capital ha logrado convertirla en mercancía, un bien codiciado por las
empresas privadas para ofrecerlo a quien tenga dinero para comprarlo.
Esto está generando muchos de los conflictos en la sociedad mexicana
porque, antes que para satisfacer las necesidades para la vida, se le
usa para alimentar la industria, mantener los grandes emporios agrícolas
y ganaderos para exportación, extracción del mineral, los hidrocarburos
y el gas del subsuelo mexicano.
Desde otra óptica, para los pueblos indígenas, además de ser
indispensable para la vida, o tal vez por ello, el agua contiene
elementos sagrados, pues en su estado natural, sea a en los lugares que
brota, por los ríos y barrancas por donde corre o los mares a donde
llega, se le liga a mitos de origen y comunicación con sus dioses, tan
es así que en la época prehispánica la administraban los sacerdotes,
hecho que, con las transformaciones necesarias, se conserva en la
actualidad. Esta situación choca abiertamente con el uso mercantil que
en los últimos años se le ha hado por el capital, situación que los
confronta abiertamente, pues muchos de los pueblos indígenas habitan
cabezas de cuencas hidrológicas, al grado que en 12.4 por ciento del
territorio nacional que ocupan los pueblos indígenas capta 24.69 por
ciento de toda el agua del país. De ahí que sea en los territorios
indígenas donde más conflictos se presentan por el uso y aprovechamiento
del vital líquido.Paradójicamente en toda la legislación que sobre derechos indígenas se ha emitido en nuestro país no existe una sola que se refiera a su derecho de acceso y aprovechamiento del agua. Lo que más puede relacionarse con este asunto en la disposición del artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su fracción VI de su apartado A, determina que, como parte de su autonomía, los pueblos indígenas tienen derecho de
al uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades, salvo aquellos que corresponden a las áreas estratégicas, en términos de esta Constitución. Dado que el agua es un recurso natural, los pueblos indígenas que habitan dentro de las cuencas hidrológicas el país tienen derecho preferente al uso y disfrute de esas aguas, derecho que cotidianamente es violado por las autoridades al extender concesiones de uso a particulares sin siquiera avisarles.
El derecho no queda en una preferencia para su uso y disfrute
frente a terceros. Los artículos 15 y 16 del Convenio 169 del la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas,
prescribe que los derechos de los pueblos indígenas sobre los recursos
naturales deben protegerse especialmente, lo cual incluye la obligación
de las autoridades estatales de crear mecanismos para que participen en
la utilización, administración y conservación de dichos recursos, en
este caso el agua; además, cuando los recursos pertenezcan al Estado,
como en el caso mexicano, se deben establecer procedimientos adecuados
para consultarlos antes de que se emprendan o autoricen programas de
prospección o explotación de dichos recursos; además de participar de
los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una
indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como
resultado de esas actividades.
Hace varios siglos, en las Leyes de Indias se estableció
que donde hubiese comarcas y propósito para fundar poblaciones y algunas personas quisieran hacerlo, se les diesen tierras, solares y aguasestableciendo
que no se diesen ni vendiesen tierras a los españoles con perjuicio de los indios, sino que a estos se les dejase con sobras todas las tierras de su pertenencia, y las aguas y riegos para sus huertas sementeras y para que abreven sus ganados, repartiéndoles y dándoles las que hubiera menester. Ahora, con motivo del Día Mundial del Agua, la representación de la ONU se lamentó que “durante mucho tiempo, el mundo ha recurrido en primer lugar a la infraestructura construida o
grispara mejorar la gestión de los recursos hídricos. Al hacerlo, frecuentemente ha dejado de lado el conocimiento tradicional e indígena que adopta enfoques más ecológicos”.
Tenía razón el estado español y tiene razón la ONU, pero no sólo hay
que aprovechar los conocimientos de los pueblos indígenas en el manejo
del agua, también hay que reconocerles plenamente sus derechos. Con ello
no sólo ganarían ellos. Ganaríamos todos
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