domingo, 2 de abril de 2017

Impasse institucional artero e injerencia


La canalla internacional no sabe cómo hacer para justificar el golpe de Estado e incursión violenta, que no sólo pase por derrocar a Nicolás Maduro, sino que saque de tajo, de toda la escena política, a ladirigencia chavista, mientras que con violencia, muerte y terrorismo,  calculan desterrar al socialismo bolivariano y chavista de la conciencia popular.
Impasse institucional artero e injerencia
Estos fines  están articulados con la maniobra tramada desde el seno de la Organización de Estados Americanos  (OEA), en laque  fallaron en su  intento de aplicar la Carta de Democrática, con la falsa excusa de falta de democracia y dictadura, con una supuesta “crisis de gobernabilidad”, que ellos no han podido alcanzar, muy a pesar del estrangulamiento económico, boicot  y bloqueo que han aplicado contra la República Bolivariana de Venezuela.
La ocasión, entonces, luce maravillosa,para  aprovechar el golpe artero de la Fiscal General de la República(FGR), Luisa Ortega Díaz, quien el pasado viernes31/03/207, ante los medios, a cuenta de preocupación, acusó al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), de romper el “orden constitucional”, señalamiento que hizo  durante su entrega de Memoria y Cuenta y sin detenerse en ningún tipo de análisis serio y profundoen relación con las dos resoluciones emitidas por lamáxima instancia del poder judicial, cuyas palabras exactas de la Fiscal Luisa Ortega Díaz, despachan el asunto tan delicado, de la siguiente manera:
“Decisiones signadas con los números 155 y 156 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dichas sentencias se evidencian varias violaciones del orden constitucional y desconocimiento del modelo de Estado consagrado en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo que constituye una ruptura del orden constitucional. Es mi obligación manifestar ante el país mi alta preocupación”.
     Las decisiones a las que la Fiscal en cuestión se refiere, son:
La número 155 de la Sala Constitucional del TSJ de fecha 28/03/2017, en la que declara nulo el acuerdo de la autodisuelta Asamblea Nacional(AN), sobre la Carta Democrática, por la injerencia de una autoridad extranjera, además de que declara según la CRBV la pérdida de la inmunidad parlamentaria al  incurrir dichos parlamentario en “desacato y contumacia” en delitos como el de “traición a la Patria” y ordena al Presidente Nicolás Maduro utilizar el Estado de Excepción para adoptar cualquier medida, que persiga  evitar un estado de conmoción y le ordena adoptar cualquier medida Internacional con el objetivo de salvaguardar el orden constitucional. Igualmente le ordena al Presidente Nicolás  Maduro dictar cualquier medida civil, económica, militar, penal, administrativa, política, jurídica y social, en defensa de la “Soberanía Nacional”y contra los ataques e injerencias extranjeras;
La decisión 156 de la Sala Constitucional de fecha 29/03/2017, interpretó el artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos y  ante las omisiones de la autodisuelta AN, que se mantiene en desacato y contumacia,estableció, que para no entorpecer la continuidad legislativa y administrativa, Ejecutivo Nacional podría, excepcionalmente y por el bien de la República, constituir empresas mixtas en materia de hidrocarburos sin autorización de la AN, por cuanto la AN no está en funciones para dar cumplimiento taxativo al artículo 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos.
Pues bien, ante la maniobra fallida  de  crear una crisis institucional, de la manera tan artera, como la de la Fiscal General de la República, el Presidente Nicolás Maduro convocó al Consejo de Defensa de la nación, de acuerdo con  sus facultades constitucionales expresadas en el artículo 323 de la CRBV, el que en aras del respeto y armonía institucional, recomendó al TSJ  revisar estas sentencias, hecho que,de la madrugada del primero de abril, al mediodía del mismo día, trajo como consecuencia, el inmediato acatamiento de la máxima instancia del Poder Judicial, la que dejó sin efectos sus dos resoluciones y decidió revisarlas, sin menoscabo de los derechos difusos o colectivos.
Ahora bien, llama la atención que la Fiscal General de la República, Abg. Luisa Ortega Díaz,  haya sido tan oficiosa e incendiaria, como hecho artero, en el sentido de salir ante los  medios audiovisuales a hacer tales señalamientos, falsos e injustos,sin presentar un estudio detallado de estas resoluciones del TSJ y sin escándalos, además de que bien pudo la Fiscal solicitar reunión de urgencia con el Consejo Moral Republicano, reunirse con los magistrados del TSJ, discutir y emitir sus puntos de vista,buscandoel rigor respecto de la CRBV.
Llama, poderosamente, la atención, las omisiones y silencios de la ciudadana Fiscal General de la República, Abogada Luisa Ortega Díaz, respecto del desacato y contumacia de la autodisuelta  AN, además de todos los delitos en los que han incurrido desde el parlamento nacional, contra la CRBV y las instituciones. La Fiscal ha guardado un silencio cómplice en relación con el Golpe de Estado continuadoque han pretendido coronar  desde la autodisuelta AN. El caso es que las traiciones contra el Pueblo y contra la CRBV van a profundizarse por quienes decidieron, hace rato, ponerse de parte de otros intereses subalternos.Ojalá, la Fiscal General de la República  se preocupara por los derechos difusos del Pueblo y se preocupara, insisto,   por la contumacia con  la que sigue actuando la autodisuelta AN. Ojalá, se preocupara por la loca destitución que desde la AN hicieron del  Presidente Constitucional, Nicolás Maduro, en enero pasado. Aún así, seguimos teniendo Patria chavista y Constitución, al lado de Nicolás Maduro. Ya unos cuantos se equivocaron y otros lo advertimos, aunque sabemos el riesgo y los costos.Llamemos, entonces,  las cosas por su nombre. 

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