Hubo faltas al debido proceso
Se criminalizó a tres defensores indígenas de Tlanixco, acusa la Onudh
Fueron sentenciados a 50 años de prisión sin pruebas, aseguró
Emir Olivares Alonso
Periódico La Jornada
Miércoles 31 de octubre de 2018
Miércoles 31 de octubre de 2018
La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos (Onudh) expresó su preocupación por la
falta de garantías al debido proceso de varios defensores de la
comunidad indígena de San Pedro Tlanixco, en Tenango del Valle, estado
de México, quienes fueron condenados a 50 años de prisión sin elementos
rotundos de prueba en su contra.
En un largo análisis del caso, difundido ayer, el organismo
internacional aportó elementos para la presunción de inocencia de los
activistas, en particular de tres de ellos, quienes estuvieron más de 10
años en prisión preventiva antes de recibir sentencia.El documento subrayó que el proceso legal
puede entenderse como criminalización de los defensores indígenas en la medida que se constata una inadecuada aplicación de la justicia.
Tras el análisis de la información recogida, incluida la contenida en el propio expediente judicial,
la Onudh considera que en primera instancia la administración de justicia no habría observado en todas sus dimensiones el derecho al debido proceso legal de Lorenzo Sánchez Berriozábal, Marco Antonio Pérez González y Dominga González Martínez, condenados a 50 años de prisión el 27 de noviembre de 2017.
Esta oficina confía en que el actual proceso de apelación de esa sentencia
es una oportunidad única para que el Poder Judicial repare los derechos violados.
La Onudh recuerda que desde los años 80 la comunidad de Tlanixco está
en conflicto por el uso de agua con el municipio de Villa Guerrero.
Aunque autoridades federales han propiciado el diálogo, no se han
alcanzado acuerdos.
El 1º de abril de 2003 ingresaron de forma inesperada a Tlanixco 12
personas de Villa Guerrero y se sucedieron una serie de eventos que
culminaron con la muerte de Alejandro Isaak Basso, empresario
floricultor de la segunda comunidad.
Varios comuneros del primer pueblo fueron detenidos y condenados.
Al analizar el caso, la Onudh determinó que durante el proceso
judicial no se garantizó el principio de presunción de inocencia de los
detenidos, se les mantuvo un largo periodo en prisión preventiva, se dio
peso a testimonios de personas que no presenciaron los hechos y no hubo
individualización de las penas, con lo que se vulneraron principios
internacionales en materia de derechos humanos.
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