Plebiscito sobre cervecera en BC es improcedente: sala regional del TEPJF
Antonio Heras
Corresponsal
Periódico La Jornada
Viernes 17 de mayo de 2019
Viernes 17 de mayo de 2019
Mexicali, BC. La sala regional de Guadalajara del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró
que el plebiscito contra la empresa estadunidense Constellation Brands
es
El TEPJF revocó la resolución del Tribunal de Justicia Electoral del
Poder Judicial del Estado (Tjepje) emitida el 17 de abril pasado, que
consideró carente de bases jurídicas el dictamen 4 del Ieebc, ya que
debió considerar que la disponibilidad de agua es un asunto trascendente
para la entidad y, por ende, era procedente la consulta pública para
instalar la planta cervecera.intrascendente e improcedentepor tratarse de un acto administrativo de gobierno que estuvo apegado a la norma ambiental. En marzo el Instituto Estatal Electoral de Baja California (Ieebc) resolvió en el mismo sentido.
El TEPJF argumentó que el acto que se pretendió someter a plebiscito
incide en una limitación a la propiedad particular de la empresa BC Tenedora Inmobiliaria, la cual representa a Constellation Brands y busca instalar una planta en el ejido El Choropo del Valle de Mexicali, a pesar del rechazo de activistas que defienden el agua del río Colorado para habitantes de la región.
Al analizar la impugnación SG-JE-8/2019, el tribunal federal advirtió que
resultan correctas las afirmacionesdel Ieebc de que la manifestación de impacto de la Secretaría de Protección al Ambiente del gobierno de Baja California es
un acto administrativo.
La construcción de la planta de Constellation Brands lleva un avance
de 40 por ciento y produciría cerveza para Grupo Modelo a fin de
distribuirla en Estados Unidos.
Los grupos de resistencia de Mexicali que impugnaron la resolución
del tribunal local aún tienen la opción de interponer un recurso ante la
Sala Superior del TEPJF.
La Ley de Participación Ciudadana del Estado señala que el consejo
general del Ieebc debe determinar la procedencia y trascendencia de un
plebiscito, pero también prevé que este instrumento se utilice en una
elección local. Esta consulta ya no está prevista para los comicios del 2
de junio de 2019.
Es la tercera vez en este año que el TEPJF revoca resoluciones del
Tjepje, entre ellas las relacionadas con un plebiscito, la equidad de
género en tres comicios y la protección de derechos político-electorales
de un aspirante a la gubernatura ante la reducción de la próxima
administración a dos años.
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